Concejo Deliberante Gral. Las Heras

Comisiones

Las Comisiones constituyen el ámbito donde los concejales a través de encuentros de trabajo regulares, tratan las iniciativas para la producción de normas, las mismas pueden haber sido presentadas por el Departamento Ejecutivo, los mismos Concejales, Instituciones, vecinos, etc.. Constituyen un espacio de discusión y debate priorizando siempre arribar a los consensos necesarios para que un proyecto se transforme en una norma.

Las comisiones permanentes del H. Concejo Deliberante de General Las Heras tienen las siguientes denominaciones y son integradas por 5 miembros cada una.

Legislación, Peticiones y Reglamentos

Corresponde a la comisión de Legislación, peticiones y reglamentos, dictaminar sobre todo asunto referente a leyes y otras disposiciones legales relacionadas con la municipalidad, elecciones comunales, contratos de la municipalidad con particulares, empresas o poderes públicos nacional, provincial o municipal; peticiones por mala aplicación de ordenanzas o impuestos en general; en lo relativo a concesiones _ aspecto legal _ autorizaciones y permisos para la prestación de servicios públicos, en el funcionamiento de sociedades de fomento, entidades vecinales e instituciones de bien público, con personería jurídico acordada o en trámite, inclusive las cooperativas, en los acuerdos que solicite el Departamento Ejecutivo, en las aplicaciones que se formulen con motivo de la aplicación de la ordenanza impositiva estatuto del personal municipal, en todo lo que atañe a los derechos humanos, en todo otro asunto que tenga vinculación directa o indirecta con la aplicación de leyes y/o  decretos de carácter legal; además le corresponderá resolver sobre toda iniciativa de modificación del presente reglamento.

Presupuesto y Hacienda

Corresponde a la comisión de Presupuesto y Hacienda, dictaminar sobre la percepción de la renta, la recaudación de impuestos y a la más útil aplicación de los fondos municipales. Intervendrá también con su estudio y dictamen en la sanción del Presupuesto de gastos y cálculo de recursos a que se refiere el artículo 34 de la Ley 6769. Dictaminará también en el examen de las cuentas de la administración municipal de la ley 6769, artículo 65 e intervendrá con su asesoramiento en el caso del artículo 46, hará lo propio en la adquisición, enajenación o adjudicación de las propiedades municipales, así como en su arrendamiento consolidación de la deuda pública, provisión de compensación de gastos no incluidos en el presupuesto, aceptación o rechazo de donaciones hechas a/o por la Municipalidad, contratación y aceptación de empréstitos con instituciones bancarias oficiales o particulares, en el otorgamiento de subsidios, subvenciones, pensiones graciables, becas, etc. En la contratación de espacios destinados a la venta de artículos, productos y exhibición de  publicidad en todo lugar propiedad de la municipalidad, análisis de documentación referente a patrimonio de empresas licitantes, etc.

Obras Públicas, Urbanización y Transporte

Corresponde a la comisión de Obras Públicas, Urbanización y Transporte dictaminar sobre todo asunto referente a  Pavimentación, nivelación, desagües, apertura de calles, demoliciones, caminos, plazas y paseos públicos, construcción, conservación  y mejoras de puentes canales, edificios y monumentos públicos, aguas corrientes; alumbrado público, etc.; interpretación  y aplicación del plan  regulador del partido, catastro económico municipal, ejecución y conservación  de Obras Públicas Municipales ejercitadas  directamente o por particulares reglamentación  de las construcciones de edificios  u obras públicas y privadas;  reglamentación  sobre instalaciones, ubicación  y funcionamiento de aparatos  anunciadores, altavoces, letreros y demás tipos de publicidad; protección y conservación  de todos los bienes patrimoniales del Municipio, sobre mataderos y abastos, ampliaciones y funcionamiento de cementerios, señalamiento del tránsito  en calles y caminos para la mejor seguridad y orientación, circulación y estacionamiento de vehículos de alquiler, entender en todos los asuntos vinculados al transporte automotor  dentro del partido, en colaboración con la dirección  de tránsito de la Pcia.  de Bs. As, participar en la elaboración de convenios sobre otorgamiento de concesiones a empresas o particulares, transportistas de pasajeros de corta, media o larga distancia, que entren, salgan o registren su paso por el Partido, además lo concerniente a redes de gas y cloacas.

 

Salud Pública, Acción Social, Cultura y Abastecimiento

Corresponde a la comisión de salud pública, acción social, cultura y abastecimiento toda reglamentación  inherente a las condiciones de salubridad e higiene en la que deban desarrollarse la elaboración, expendio y consumo de sustancias o artículos alimenticios, como así también de las personas que intervengan en las mismas; creación y funcionamiento de los hospitales, maternidades, salas de primeros auxilios, dispensarios, servicios asistenciales y ambulancias,  sobre las inspecciones veterinarias de los animales y demás productos  con destino al consumo, cualquiera fuera su procedencia, en caso de siniestro, inundaciones, terremotos y todo  lo relacionado a catástrofes, dictaminar sobre todo asunto o proyecto relacionado con mantenimiento y fomento de la instrucción, educación y cultura del partido de Gral. Las Heras, nomenclatura de calles, plazas, paseos, etc. Estudios relacionados con la posibilidad turística en el partido; sobre el embellecimiento de parques, paseos, etc. Que sirvan para brindar a los pobladores y visitantes descanso físico y mental, efectuar el estudio para posibilitar a los clubes y entidades deportivas, los elementos necesarios para la integración  de esas instituciones de la juventud , en la practica de todo tipo de deportes ; desarrollo de bienestar social a favor de ancianos sin familia, planificar todas las iniciativas que tiendan a la erradicación  de viviendas precarias, reemplazándolas por comodidades dignas y decorosas, higiene en casas de inquilinatos, hoteles, bares, pensiones, restaurantes, cines, teatros y demás establecimientos comerciales  e industriales y todo otro con acceso de público, asimismo  referente a abastecimiento tendrá  a su cargo  el controlar la instalación  y funcionamiento de abastos , mataderos, mercados y demás  lugares de acopio y concentración de productos y de animales, en la medida que no se oponga a las normas que al respecto dicte la Provincia y atribuyan competencia a organismos provinciales  , la protección y cuidado de animales, la elaboración, transporte, expendio y consumo de materias o artículos alimentarios, exigiendo el cumplimiento de las condiciones higiénicos sanitarias, bromatológicas y de identificación comercial que establezcan las normas de aplicación, así como también el certificado de buena salud de las personas que intervengan en dichos procesos, la inspección  y contraste de pesas y medidas. La inspección y  reinspección  veterinaria, así como el visado de certificados sanitarios de los animales faenados y sus derivados. El registro de expedición de documentación relativa a la existencia, transferencia y  traslado de ganado. La sanidad vegetal en las situaciones no comprendidas en la competencia nacional y provincial. Tendrá asistencia con la superintendencia del mercado de hacienda, oficina química, frigoríficos y establecimientos industriales en general.

Comisión de Coordinación

Corresponde a la comisión  de coordinación desplegar una función informativa y establecer un nexo de unión  entre las comisiones mencionadas , estará formada por los presidentes de cada una de ellas, reuniéndose periódicamente a fin de cambiar ideas sobre el funcionamiento de las comisiones

Acción Parlamentaria (5 o más integrantes)

Corresponde a la comisión  de acción parlamentaria coordinar la metodología de trabajo y establecer la acción  política interbloques se compondrá con el Presidente del Concejo Deliberante, los dos Vicepresidentes  y los Presidentes de los Bloques se reunirá  por lo menos 24 horas antes de la fecha de sesión del H.C.D. cualquiera sea su naturaleza, representara al Concejo en sus relaciones con el Departamento Ejecutivo y con las demás autoridades.